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Declaración de la Renta 2020: Todo lo que debes saber

Declaración Renta 2020 - Asesor fiscal

Falta poco para que comience la campaña para realizar la declaración de la Renta 2020, y ya comienzan a llegar dudas acerca de la declaración a Lawyers & Accountants.

Por esta razón, como gestoría para la declaración de la Renta especializada, a continuación vamos a tratar de resolver todas las dudas relacionadas con la Renta 2020, para ayudarte a realizarla y evitar errores.

Aun así, si no sabes cómo hacer la declaración de la Renta, los asesores fiscales de Lawyers & Accountants te ofrecerán el mejor asesoramiento sobre las deducciones en la Renta. Contacta con nosotros sin compromiso y deja tu declaración del IRPF en las mejores manos.

Preguntas frecuentes sobre la declaración de la Renta 2020

¿Cuáles son los plazos para presentar la declaración de la Renta 2020?

El plazo para presentar la Renta 2020 comenzará el próximo 7 de abril de 2021 de forma telemática y terminará el 30 de junio. Además, tal y como establece el calendario de la Agencia Tributaria, se podrá presentar telefónicamente a partir del 6 de mayo, y de forma presencial a partir del 2 de junio.

Por otro lado, a partir del 1 de julio la declaración estará fuera de plazo, por lo que su presentación a partir de esta fecha conllevará una serie de sanciones o recargos.

¿Cuáles son las fechas para realizar los pagos?

Si la declaración sale a pagar, habrá que realizar los pagos el 25 de junio si está domiciliado, o el 30 de junio si se paga en el banco presencialmente o es pago fraccionado. En el caso del pago fraccionado, habrá que abonar el 60% al presentar la declaración, y el 40% restante el 5 de noviembre.

Sanciones por presentar la Renta fuera de plazo

En caso de presentar la Renta fuera de plazo, el recargo dependerá del tiempo transcurrido entre el último día de plazo y la fecha de tu presentación:

  • Hasta 3 meses: 5% de recargo.
  • Entre 3 y 6 meses: 10% de recargo.
  • Entre 6 y 12 meses: 15% de recargo.
  • Más de 12 meses: 20% de recargo + intereses de demora.

En caso de que presentes la declaración más de 12 meses después, deberás abonar un 20% de recargo, más unos intereses de demora del 3,75%.

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la Renta 2020?

Están obligados todas las personas físicas que sean contribuyentes y residan en España. Es decir, todas las personas que estén dadas de alta en actividades empresariales y profesionales.

Quedan excluidas las rentas por rendimientos del trabajo personal igual o inferior a 22.000 euros anuales, siempre y cuando las rentas procedan de un solo pagador.

Asimismo, aquellas personas que obtengan rendimientos de capital inmobiliario también están obligadas. Esto hace referencia al rendimiento obtenido por el alquiler de una vivienda, local comercial, nave, etc.

Lo mismo ocurre si has obtenido rendimientos de capital a partir de 1600 euros. Esto son rendimientos obtenidos a partir de operaciones en bolsa, fondos, futuros, etc.

¿Qué son los rendimientos de trabajo?

Los rendimientos de trabajo es lo que percibes a cambio del trabajo. Estos rendimientos no son tan solo una nómina, sino que también una prestación por desempleo, una pensión, remuneraciones en concepto de gastos de representación, etc.

¿Qué pasa si tienes 2 pagadores?

Como hemos comentado anteriormente, si tienes dos pagadores, estás obligado a realizar la declaración del IRPF, independientemente de que el total percibido sea inferior a 22.000 euros anuales.

Eso sí, para ello, el segundo pagador deberá superar los 1.500 euros anuales. De lo contrario, no estarás obligado.

¿Cómo afecta a las personas en ERTE?

En el caso de las personas que han estado en ERTE en algún momento de 2020, y han tenido dos pagadores (la empresa y la Seguridad Social), no estarán obligadas a presentar el IRPF si la suma de ambos ni supera los 22.000 euros, o si el importe percibido por la Seguridad Social no supera los 1.500 euros anuales.

Si necesitas aclarar tus dudas sobre la declaración de la Renta pide tu cita ahora, en Lawyers & Accountants te ofrecemos asesoramiento sobre la declaración de la Renta, tratamos de resolver tus preguntas de la forma más clara posible, nos encargamos de acompañarte durante todo el proceso y nos preocupamos de hacer la declaración y presentarla para que obtengas las mejores deducciones.

Contacta con nuestra gestoría para la declaración de la Renta en Madrid sin compromiso. Nuestros asesores fiscales estarán encantados de ayudarte. PIDE CITA AHORA: (+34) 91 564 32 94

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